miércoles, 3 de noviembre de 2010

Banco Central permitió enriquecimiento ilícito

* Valores de carteras a puertas cerradas, y claras advertencias de que el banco comprador estaba obteniendo ventajas que comprometían a los accionistas y al propio Banco Central


* Respuesta a liquidadores fue de enojo y regaño por lo que estaban previniendo
 
Eloisa Ibarra

eibarra@elnuevodiario.com.ni



El ex presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), Mario Alonso, y el ex Gerente General, Mario Flores, fueron advertidos por los miembros de la Junta Liquidadora del Banic, de que el Banpro podría estar obteniendo un “enriquecimiento sin causa” al subvalorar la cartera de este banco, pero en vez de investigar la situación desestimaron la advertencia.



Los liquidadores le informan al BCN del proceso de reclasificación de cartera y otras situaciones al margen de lo establecido en las bases de la venta de activos y pasivos del Banic, y le piden que intervenga para impedir que el Banic, el BCN y los contribuyentes resulten perjudicados con un “enriquecimiento sin causa” por parte del Banpro.



Preocupación de liquidadores

El cuatro de junio de 2002, los liquidadores le envían una carta a Alonso, en la que expresan su preocupación por el “incremento en exceso de la acreeduría del BCN, en relación con la valoración de la cartera del Banic efectuada por el BCN en conjunto con el Banpro”.



“Es importante para los intereses de quienes representamos y para mayor transparencia encontrar un mecanismo que garantice que el Banpro en ningún momento pueda obtener de un crédito una ganancia mayor al valor negociado con el BCN, más una utilidad razonable por su manejo y administración, sin que comparta el excedente con el BCN y por ende con el Banic”.



“En caso contrario, estaría obteniendo un enriquecimiento adicional en perjuicio de los acreedores y accionistas del Banic, del propio BCN y por ende de los contribuyentes; todo esto contrario al espíritu de la subasta de activos, que era equilibrar razonablemente los pasivos absorbidos con los activos tomados”, indica la carta.

Un ejemplo

Para mayor ilustración, agrega, “hagamos un ejemplo partiendo del supuesto de que para tomar un crédito cualquiera, el Banpro, en conjunto con el BCN, estiman que su probable recuperación es del 50% por lo que obtiene el otro 50% del mismo en Cenis, y que posteriormente recupere el 100% del valor del crédito mediante pago total del deudor”.



“En ese ejemplo, el Banpro, además de los intereses y comisiones, estaría ganando 50% sobre el principal del crédito, representado en Cenis, en perjuicio directo de los otros acreedores del banco distintos del BCN y de los accionistas del Banic, ya que innecesariamente se aumentó la acreeduría del BCN (aumentando también la probabilidad y el monto de pérdidas que deben cubrir los contribuyentes) por haber ocasionado un perjuicio directo a la masa potencial a liquidar”.



“Para nosotros es totalmente claro que cualquier recuperación del Banpro, más allá del balance equilibrado entre los activos y los pasivos asumidos, estrictamente hablando, daría lugar a un acción conocida como “enriquecimiento sin causa” --“acto de irreverso”--, que tiene por objeto obligar al enriquecido a que devuelva lo que representa el enriquecimiento; es decir, en el ejemplo anterior, Banpro, estaría obligado a devolver al BCN los 50 puntos porcentuales recibidos en Cenis por el principal del crédito y a reducir en el mismo monto la suma adeudada por el Banic al BCN”.



“La doctrina moderna considera el enriquecimiento sin causa una fuente general de obligaciones. El principio de enriquecimiento sin causa tiene una aplicación general. Se aplica aunque el caso no lo contemple y no lo sanciones expresamente la ley (como es en Nicaragua), siempre, por supuesto, que exista un enriquecimiento sin causa”, explican en la carta.



Y agregan: el enriquecimiento sin causa, es un principio general del derecho que los jueces o tribunales de justicia deben aplicar de conformidad con el artículo 443, inciso 3 del Código Civil de Nicaragua.

Una clara advertencia

“Como usted comprenderá. el permitir que el adquirente (Banpro) tenga un enriquecimiento más allá del balance equilibrado entre los activos adquiridos y los pasivos asumidos, iría en perjuicio directo de todos los acreedores y accionistas del Banic, incluyendo al BCN, y haría aún más difícil que otros acreedores distintos al BCN puedan ser pagados, y lo que es peor aún, de que los accionistas recuperen su inversión.



“Por esto, y por las fuertes presunciones de que lo expuesto está ocurriendo en este traspaso de activos y pasivos del Banic al Banpro, así como el hecho de que el BCN está directamente involucrado de forma unilateral en la negociación de nuestros activos, es que solicitamos a su autoridad, que instruya a quien corresponda a fin de que el BCN establezca un mecanismo que garantice que el enriquecimiento sin causa no pueda ocurrir con nuestros activos, y que cualquier exceso que se dé sea reintegrado sin dilación al BCN y reducido de nuestra acreeduría con ustedes”, indica la carta.

La respuesta de Flores

La respuesta de Mario Flores a esta carta es la siguiente: “Su opinión además de desafortunada es inexacta, y les recuerdo que en una circular de la SIB, se orienta a los liquidadores a no tener una actitud pasiva ante el proceso de evaluación, sino que están obligados a aportar al proceso.



“Resulta extemporáneo y desacertado, que la Junta Liquidadora del Banic, ahora pretenda cuestionar una valoración en la cual tenía potestad y la obligación de incidir. La opinión expresada por ustedes pone en entredicho la actuación profesional del BCN, ya que expresan que éste banco llevó a cabo una subvaloración de la cartera para favorecer indebidamente al Banpro y rechazamos vehementemente esa aseveración”, dice Flores.



Pero al final de su respuesta dice: “… en cuanto al argumento de enriquecimiento sin causa, el mismo carece de fundamento jurídico. Cualquier enriquecimiento obtenido en la recuperación de la cartera adquirida por el Banpro tiene su fundamento en las bases de licitación de activos y pasivos”.



“Una recuperación arriba del monto en que se valoró la cartera, como producto de una eficiente gestión de recuperación, no podría ser objeto de penalización obligando al Banpro o a cualquier banco que esté en la misma circunstancia, a compartir las ganancias que obtuvo producto de su gestión”, responde Flores.

Otra carta

En otra carta del 23 de abril de 2002, los miembros de la Junta Liquidadora le informan a Mario Alonso, que recibieron una acta de acuerdo del siete de diciembre de 2001, suscrita por el gerente general de Banpro, Arturo Arana, pero sin la firma del Gerente General del BCN, Mario Flores.



En el acta se indica que el Banpro aceptó la cartera cafetalera del Banic y negoció una provisión de 80 millones, 414,532 córdobas, pero, que esa misma cartera había sido evaluada y provisionada de oficio por la Superintendencia de Bancos (SIB), días antes de la intervención por 21 millones 142,380 córdobas, o sea, que el equipo negociador del BCN entregó provisiones adicionales (descuento) por 59 millones 280,043 córdobas, que se suma a la brecha entre activos y pasivos adquiridos por el banco.



A la fecha, precisan los liquidadores, tenemos entendido que los negociadores del BCN y Banpro están por acordar y suscribir el acto de acuerdo sobre algunos activos vendidos al Banpro, como créditos, inversiones y bienes de uso y el monto lo estiman en 29.2 millones de córdobas.



Pero vale recordar que en las bases para la venta de pasivos y activos del Banic, se estableció que a más tardar el 31 de diciembre de 2001 serían evaluados en conjunto con el BNC, lo que indica que la evaluación debe haber concluido, rechazando o aceptando por lo menos el 50 % del valor total en libros.

Cartera evaluada a puertas cerradas

“La cartera fue evaluada por Banpro y el BCN, exclusivamente, y se puede decir que a puertas cerradas, porque en ningún momento se dio oportunidad a la Junta Liquidadora de participar”, indican los liquidadores.



Las negociaciones, agrega, fueron llevadas con total hermetismo, y a pesar de haber expresado nuestro desacuerdo en los pocos casos en que se solicitó opinión, aunque manifestamos desacuerdo por lo que las autoridades del BCN pretendían conceder al Banpro, nunca fuimos escuchados ni nuestras objeciones tomadas en cuenta.



El 15 de octubre de 2001 debería haber concluido la evaluación y formalizado la aceptación y rechazo de por lo menos el 50% del valor total en libros de los activos adquiridos que sumaron 959.3 millones de córdobas, y sólo se ha notificado la adquisición de bienes en uso por valor de 46.9 millones de córdobas, lo que representa un 4.9 % del total de los activos adquiridos.



Después de esa fecha no hubo otra notificación de aceptación, sino, hasta el 10 de abril del 2001, cuando se recibió el acta número 4. En cuanto a la cartera en préstamos trasladada el 5 de agosto de 2001, ésta sumaba 882.3 millones de córdobas, y su aceptación o rechazo debía ser conforme calendario y no se ha cumplido.



Informan al BCN que la cartera revisada 985.1 millones de córdobas, corresponde a carteras A, B, C y D, de ésta el Banpro aceptó 469.3 millones; mientras que la cartera trasladada el 5 de agosto, o sea 882.3 millones de córdobas corresponde sólo a carteras A, B y C.

El caso Banicard

Todavía a la fecha, añade la carta, persisten casos, como el préstamo a Banicard, el cual pretende sea analizado y avaluado como si los clientes del banco fueron los antiguos tarjeta habientes, cuando el cliente era Banicard como persona jurídica.



A este cliente (Banicard) se le pretende aplicar la norma prudencial a su cartera, cuando es una sociedad que no esta supervisada por la SIB, y en base a esa evaluación calificar el crédito.



También se encuentra en negociación la inversión en Invercapital, a quien se le quiere evaluar al día de hoy y no a la fecha cuando dicha inversión fue adquirida, o sea el 5 de agosto de 2001, cuando al no haber sido aceptada o rechazada al 31 de diciembre, se tener como aceptada, de conformidad a las bases establecidas.



Los liquidadores del Banic entregaron estas cartas a la Comisión de la Asamblea Nacional que investiga el caso de los Cenis.


Fuente:http://impreso.elnuevodiario.com.ni

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